Los que acostumbran trabajar con registros de usuarios en base de datos (formularios varios : reclamanciones, solicitudes varias, organizacion de concursos, en pocas palabras todo lo que implica un registro de datos personales del usuario) conoceran la famosa LOPD.
Esta ley protege los usuarios en el sentido en que obliga a las empresas, y de manera general a quienes desean recoger los datos personales del usuario, a tener el consentimiento expreso del usuario para poder tratar sus datos y utilizarlos a fines publicitarios y sobre todo comerciales.
Es decir, no podéis recibir comunicacion de cualquier tipo via email (para el entorno Web, pero también funciona para la publicidad postal nominativa) sin haber marcado previamente la famosa casilla "Acepto recibir las ofertas de esta marca" o mencion similar. Siendo yo misma consumidora, me parece logico y sensato que las empresas necesiten una autorizacion expresa antes de poder introducirse en mi buzon.
Ahora bien, la LOPD va mas alla. Parece ser que también se
sancciona alojar en su Web el famoso y tan practico enlace "Enviar a un amigo" dado que se considera que el amigo que recibe el email no ha dado su consentimiento para recibir publicidad u ofertas comerciales de la marca.
El conflicto radica en que, aunque el usuario mismo es quien decide enviar un email con el contenido que juzga interesante a su amigo, el email se envia desde la plataforma de la empresa.
Creo que la medida es muy retorcida: esta funcion solo permite ahorrar un paso mas al usuario, le evita abrir otra ventana del navegador, entrar en su cuenta de correo y pegar el link para enviarle a su amigo. No constituye de ninguna manera una intrusion sobre todo cuando no se almacenan los datos en la BBDD de la empresa.
Cierro este post con un pantallazo de una consultoria especializada en proteccion de datos...

No se puede agrandar mas la imagen, el mensaje central es: "Enviaras la noticia
Cumplir la LOPD a un amigo" seguido de los campos necesarios para poder remitir la noticia a un tercer usuario...